Seguramente, una de las cosas más importantes que existen para los humanos es desconectar. Esto es algo que cada vez nos cuesta más por el excesivo uso que hacemos todos de nuestros móviles. Por esta razón hoy hablamos del uso del móvil en el trabajo. Pero, ver pornografía en el móvil de empresa, ¿es motivo de despido?
Ver pornografía en el móvil corporativo
Un trabajador accede a contenido pornográfico desde el móvil de la empresa. Se le abrió expediente disciplinario, concluyendo como falta muy grave y procediendo con el despido.
Se alegó por el sindicato la vulneración del derecho de a la intimidad, ya que que no existe ninguna prohibición expresa del teléfono de empresa para fines privados. El juez entiende que no existe una prohibición del uso del móvil de empresa para fines personales, ni se ha establecido ningún protocolo alguno al respecto. Es decir, el trabajador puede tener una expectativa de privacidad en su uso.
Como conclusión, declara la sanción nula, ya que la investigación realizada con el teléfono del trabajador vulnera el derecho a la intimidad. Además, condena a la empresa a una indemnización por daños de 7000 Euros.
Ley Orgánica de Protección de Datos
En primer lugar, debemos mirar la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD GDD). Concretamente, lo que establece en su artículo 87: “Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la protección de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por su empleador”.
Además, se añade que el empleador podrá acceder a los contenidos derivados del uso de los teléfonos facilitados a los trabajadores solo a efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales y de garantizar la integridad de dichos medios digitales.
Por otra parte, los empleadores deberán establecer criterios de utilización de los móviles respetando siempre los estándares mínimos de protección de su intimidad de acuerdo con los usos sociales y los derechos reconocidos constitucional y legalmente. En la elaboración de estas políticas deberán participar los representantes de los trabajadores.