Para poder entender mejor el nuevo Reglamento de protección de datos, debemos partir del concepto básico de qué es un dato de carácter personal, que como bien establecía el art. 3 a) de la antigua LOPD consiste en «cualquier información concerniente a personas físicas identificadas e identificables».
Qué es un dato
Es cualquier información que nos permite identificar a una persona física o lo haga identificable.
Tipos de datos
Los datos pueden ser de diferentes tipos:
Identificativos: nombre, apellidos, DNI o NIE, número de seguridad social, domicilio, teléfono, correo electrónico, fotografías o audios de voz.
Circunstancias sociales: propiedades, aficiones y formas de vida, inscripciones en foros, clubes o asociaciones.
Personales: fecha y lugar de nacimiento, edad, estado civil, datos familiares.
Académicos y de formación: expediente académico, formación y titulaciones.
Profesionales y de empleo: experiencia en el mundo profesional, categoría o puesto a desarrollar o desarrollado por el trabajador, expediente profesional del trabajador.
Sindical: datos de afiliación sindical, pertenencia de un comité de empresa o agrupación sindical.
Económico-financieros: datos bancarios, ingresos, rentas, créditos, préstamos, avales, plan de pensiones, jubilación.
Médicos o de salud: historial clínico de la persona física y controles sanitarios, entre otros.
Administrativos: procedimientos administrativos, reclamaciones y recursos, sanciones, registros, solicitudes, concesiones.
Judicial: expediente o historial judicial, sanciones, procedimientos judiciales.
Sociales: ayudas o subvenciones, percepción de prestaciones de asistencia social, subsidios, pensiones.
Dirección IP.
Esta lista no es exhaustiva y resume todos los tipos de datos que permiten identificar a una persona física.
Datos especialmente protegidos
Sin embargo, algunos de estos datos están especialmente protegidos, como la ideología, orientación sexual, afiliación sindical, salud, religión u origen racial o étnico de una persona, lo que implica que su nivel de seguridad es superior a los demás. En estos casos debe constar expresamente y por escrito el consentimiento del afectado a que esos datos puedan ser recopilados y tratados, sin perjuicio de que la ley lo permita por razones de interés general, o sea necesario para salvaguardar el interés vital del afectado u otra persona.
Uso personal o doméstico
No obstante, el Reglamento no será de aplicación en aquellos datos personales que sean recopilados para uso exclusivamente personal o doméstico, o datos recogidos en ficheros para investigaciones de terrorismo o delincuencia organizada.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente