Este año 2018, la privacidad muchas veces ha ocupado las principales páginas de las noticias y se ha convertido en una prioridad para muchas empresas, al igual que para usuarios. La Unión Europea es conocedora del valor que tienen los datos personales y la importancia de velar por la privacidad de éstos dentro del ámbito empresarial. Para regular su recogida y tratamiento, la UE decidió crear el Reglamento General de Protección de Datos o RGPD y en España se ha publicado este mes de diciembre la muy esperada Ley Orgánica de Protección de Datos y de Garantía de Derechos Digitales 3/2018.
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Polémica de la LOPD GDD
El pasado 5 de diciembre se aprobó definitivamente el texto de la nueva LOPD-GDD. El objetivo es adaptar el derecho español al Reglamento europeo de Protección de Datos (RGPD). Pero esta ley ha ido mucho más allá de la protección de datos. Aquí explicamos los puntos más polémicos.
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Publicada la nueva LOPD GDD
Ya está en vigor la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPD GDD), que actualiza la legislación española de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y, además, revisa y amplía las obligaciones digitales de las organizaciones que lleven a cabo algún tipo de tratamiento. Su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) coincidió con el Día de la Constitución y vio la luz el día 5 de diciembre del 2018.
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Jornada de Autoridad de Control sobre el estado de implantación de RGPD
El pasado 23 de noviembre la Autoridad de Control de Cataluña ha organizado la jornada para dar a conocer el estado de implantación de RGPD después de los primeros 6 meses y cómo lo han realizado los Ayuntamientos y empresas públicas en general, basándose en los conceptos de proactividad.
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Cómo saber si mi empresa cumple con el RGPD
El nuevo Reglamento Europeo entró en vigor hace más de dos años cambiando por completo el escenario de tratamiento de los datos. A partir de 25 de mayo del 2018 todas las empresas deben cumplir con una serie de normas, pero muchas de ellas todavía no han hecho sus deberes. Es una tarea a veces difícil determinar si su empresa cumple con el RGPD. [Leer más…]
Ámbito territorial del Reglamento
En la normativa española (LOPD art. 2.1), el ámbito territorial de aplicación se refería a los siguientes supuestos. La normativa española de protección de datos será de aplicación cuando el tratamiento:
- Sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento. Cuando quien se encuentre en España no sea el responsable, sino un encargado de tratamiento, será de aplicación al mismo las normas contenidas en el RD1720/2007.
Ámbito de aplicación del RGPD
El ámbito de aplicación de la normativa de protección de datos, tanto a los tratamientos total o parcialmente automatizados de datos personales, como a los tratamientos no automatizados o manuales de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. Sin embargo, hay tratamientos a los que no se aplica la normativa.
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