Según el artículo 34.1.j de la LOPD GDD dispone que deben designar un Delegado de Protección de Datos (DPO) las entidades responsables de los ficheros regulados por la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. [Leer más…]
Blanqueo de capitales y protección de datos
Cumplir con la legislación sobre Protección de Datos y de Prevención de Blanqueo de Capitales se ha convertido en una necesidad para cualquier despacho profesional. En la mayoría de negocios –especialmente en asesorías y despachos- se manejan grandes cantidades de documentación cuya privacidad y legalidad es necesario garantizar.
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