El interesado es titular de estos derechos en relación con los datos obrantes en los ficheros jurisdiccionales de sistema penal, y la regulación de los mismos será directamente aplicable en España.
Derechos del interesado en el sistema penal
El sistema reconoce los siguientes derechos al interesado:
- Derecho de acceso: tiene derecho a obtener del responsable confirmación sobre si se están tratando sus datos; y en caso positivo, tiene derecho de acceso a dichos datos y a determinadas informaciones recogidas en el precepto. Este derecho puede ser limitado por el Estado miembro de conformidad con el art.15 -EDL 2016/48901.
- Derecho de rectificación o supresión de datos personales y limitación de su tratamiento (art.16 -EDL 2016/48901-), que puede ser limitado por el Estado miembro de conformidad con el art.16.4.
- Derechos en relación con decisiones individuales no únicamente automatizadas (art.11 -EDL 2016/48901-).
Procedimientos para ejercitar sus derechos
El Derecho español vigente reconoce que, cuando se trata de datos obrantes en el proceso penal, los derechos se ejercitarán de acuerdo con los normas procesales en cada una de las jurisdicciones.
- Supresión de datos en documentos procesales. Los Jueces y Tribunales, así como los Letrados de la Administración de Justicia, cada uno de acuerdo con sus respectivas competencias procesales, pueden adoptar las medidas que sean necesarias para la supresión de los datos personales de los documentos (incluidos las sentencias y demás resoluciones judiciales) a los que puedan acceder las partes durante la tramitación del proceso; con una limitación, esto es, que no sean necesarios para garantizar su derecho a la tutela judicial efectiva.
- Normas sobre acceso al proceso de quienes no son parte. Existen diferentes normas en relación con actuaciones judiciales públicas, es decir, juicios, comparecencias y vistas; sobre estado, examen y conocimiento de actuaciones judiciales, así como obtención de copias y testimonios; y sobre el acceso a libros, archivos y registros judiciales.
- Acceso a los datos de sentencias y otras resoluciones procesales: sin perjuicio de las restricciones que pudieran establecerse en las leyes procesales, el acceso al texto de las sentencias, o a determinados extremos de las mismas, o a otras resoluciones dictadas en el seno del proceso, sólo podrá llevarse a cabo:
- Previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran
- Con pleno respeto al derecho a la intimidad y a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela
- Y con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente