Nos encontramos a menudo que las sanciones en la materia de Protección de Datos son infrecuentes y muchas veces no llegan a materializarse. Pero en algunos casos, llegan hasta el autónomo.
Bases del caso del autónomo
El caso que nos ocupa se inició con la modificación de una póliza del ex-marido por parte de agente de seguros a petición de la clienta. Esto, se realizó basándose en la confianza del cliente que le dijo que disponía del consentimiento de su ex-pareja y que le interesaba para beneficiarse de bonificaciones en el seguro.
Esta información no era cierta y el ex-marido tuvo una penalización en su seguro fruto de un siniestro de su ex-mujer, por lo que averiguó lo que pretendía su ex-esposa y la denunció a la Agencia Española de Protección de Datos.
Sanción por no disponer de consentimiento
La Agencia consideró que la agente de seguros, a pesar de que entendía que había sido engañada, realizó la operación sin cerciorarse si realmente disponía del consentimiento y la sancionó por no disponer del mismo.
Sanción por no cumplir normativa
Esta cuestión, conllevó una elevada cuantía de la multa, de 6.000 euros, ya que el agente de seguros no cumplía con ninguna de las exigencias de la Ley de Protección de Datos. Alegó que pensaba que eso era responsabilidad de las compañías de seguros.
El agente sancionado, además de no tener declarado su fichero de clientes en la Agencia de Protección de Datos, nunca cumplió con el deber de informar a sus clientes cuando le contrataban seguros.
Cumplir obligaciones tiene múltiples ventajas
Desde nuestra asesoría, siempre recomendamos tener realizada la adaptación de su empresa a la Ley actual de Protección de Datos. Hemos visto en este caso que las sanciones, en muchas ocasiones, pueden llegar por los casos menos esperados, sin embargo, suponiendo un gran coste para nuestro negocio.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente