Aunque el RGPD no hace una enumeración de riesgos en su articulado, sí señala que los riesgos para los derechos y libertados de las personas físicas, de gravedad y probabilidad variables, pueden deberse al tratamiento de datos que pudieran provocar daños y perjuicios físicos, materiales o inmateriales.
Los casos que pudieran provocar daños y perjuicios pueden ser los siguientes, según considerando 75 del RGPD.
El tratamiento puede dar lugar a siguientes problemas de:
- discriminación;
- usurpación de identidad o fraude;
- pérdidas financieras;
- daño para la reputación;
- pérdida de confidencialidad de datos sujetos al secreto profesional;
- reversión no autorizada de la seudonimización;
- cualquier otro perjuicio económico o social significativo.
Se prive a los interesados de sus derechos y libertades o se les impida ejercer el control sobre sus datos personales que revelen:
- el origen étnico o racial;
- las opiniones políticas;
- la religión o creencias filosóficas;
- la militancia en sindicatos; y
- el tratamiento de datos genéticos, datos relativos a la salud o datos sobre la vida sexual, o las condenas e infracciones penales o medidas de seguridad conexas.
Se evalúen aspectos personales, en particular, el análisis o la predicción de aspectos referidos a:
- rendimiento en el trabajo;
- situación económica;
- salud;
- preferencia o intereses personales;
- fiabilidad o comportamiento;
- situación o movimientos;
- con el fin de crear o utilizar perfiles personales;
- cuando se traten datos de personas vulnerables (niños, por ejemplo); o
- cuando el tratamiento implique una gran cantidad de datos personales y afecte a un gran número de interesados.
Operaciones de tratamiento que entrañen altos riesgos
Por otro lado, el CEPD, en sus directrices, incluye nueve criterios que deberían ser tenidos en cuenta:
- Evaluación o puntuación, incluida la elaboración de perfiles y la predicción de comportamientos.
- Toma de decisiones automatizada con efecto jurídico significativo o similar.
- Observación sistemática.
- Datos sensibles o muy personales.
- Tratamiento de datos a gran escala.
- Asociación o combinación de conjuntos de datos.
- Datos relativos a interesados vulnerables.
- Uso innovador o aplicación de nuevas soluciones tecnológicas u organizativas.
- Cuando el propio tratamiento impida a los interesados ejercer un derecho o utilizar un servicio o ejecutar un contrato.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente