Si su empresa va a fusionarse con otra, a escindirse, a transmitir su negocio o a realizar cualquier otra operación de reestructuración que signifique un cambio de responsable del fichero, no se trataría de una cesión de datos (lo cual excluye tener que pedir el consentimiento de los clientes para seguir tratando sus datos), pero su empresa tiene que cumplir otras obligaciones.
Consentimiento
La piedra angular sobre la que se articula la protección de datos es el principio del consentimiento, es decir, que cada persona de quien se recojan datos personales dé su autorización para que se utilicen para la finalidad concreta para la que se le han pedido y por la entidad concreta que se los ha solicitado. La normativa prohíbe la cesión o comunicación de datos sin que el afectado haya dado su consentimiento.
Pero esta regla general tiene sus excepciones, y una de ellas tiene lugar al modificarse el responsable del fichero como consecuencia de alguna operación de reestructuración societaria contemplada por normativa mercantil. En estos caso, a efectos legales no se producirá cesión de datos, por lo que no hay que solicitar de nuevo a los clientes su consentimiento para que el nuevo responsable del fichero trate sus datos a partir de ese momento.
Deber de informar
Sin embargo, eso no significa que no tenga que comunicar nada a los clientes, puesto que, una vez llevada a cabo la reestructuración, deberá informar a todos ellos de los extremos a los que obliga la normativa (de la existencia del fichero o tratamiento, de la identidad y dirección del responsable del tratamiento, de la posibilidad de ejercitar los derechos, etc.).
Una forma válida y frecuentemente utilizada para informar a los clientes de esta situación es adjuntarles la información respecto al cambio del titular del fichero en una de las comunicaciones comerciales o de facturación habituales.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente