La instalación de cámaras de videovigilancia es una práctica cada vez más extendida pero, al ser un medio tan invasivo, las probabilidades de denuncia e infracción son muy elevadas. Evalúe con estas preguntas si en su empresa es una medida válida y legalmente segura.
Las preguntas a evaluar
- ¿Es proporcional la medida de instalar cámaras de vigilancia para el fin que persigue con ello (especialmente en entornos y respecto a colectivos «sensibles» – gimnasios, lugares con menores o discapacitados etc.)? Sólo son admisibles cuando no exista un medio menos invasivo.
- ¿Tiene claro qué papel legal tiene la empresa encargada de la instalación y mantenimiento técnico de los equipos y qué tipo de contrato debe firmar con ella? Depende si se limita a la parte técnica de su instalación o si también va a tener acceso a las imágenes que se captan.
- ¿La instalación de las cámaras tiene como fin la seguridad privada?Asegúrese que con quien ha contratado está debidamente autorizada por el Ministerio del Interior.
- ¿Tiene claro el nivel de seguridad que corresponde al fichero de imágenes? Suelen ser de nivel básico.
- ¿Todas las personas que van a tener acceso las imágenes han sido informadas de sus obligaciones de seguridad, confidencialidad y secreto?
- Si además de captar las imágenes, éstas van a grabarse, ¿ha inscrito previamente el fichero ante la agencia correspondiente? Sólo hasta 25 de mayo del 2018.
- ¿Ha colocado distintivos informativos en los lugares adecuados?
- ¿Dispone de un impreso a disposición de quien lo solicite con información adicional respecto a la videovigilancia en su empresa?
- ¿Puede garantizar realmente el ejercicio de los derechos ARCO y ha instaurado un procedimiento adecuado para hacerlo? Su empresa deberá responder argumentando (denegando o concediendo) la petición del ejercicio de cualquier derecho.
- ¿Es la instalación de las cámaras absolutamente respetuosa con los derechos de las personas y con el ordenamiento jurídico?
- ¿Tiene la seguridad de que al instalar las cámaras no se van a captar imágenes de espacios públicos?
- ¿Se cancelan las imágenes grabadas en un plazo máximo de 30 días, pero se conservan a disposición de las administraciones públicas y de jueces y tribunales en caso de grabación de un delito?
- Ha tenido en cuenta las exigencias concretas que pueden aplicarse a su empresa si se trata de un sector de características específicas en materia de videovigilancia?
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente