La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) presenta un informe que analiza cómo los tratamientos de los datos personales de los usuarios en numerosas plataformas, aplicaciones y servicios incluyen patrones adictivos para aumentar su tiempo de conexión.
Patrones adictivos
El informe de la AEPD pone de manifiesto cómo, habitualmente, los proveedores implementan patrones de diseño adictivos para prolongar el tiempo de permanencia de los usuarios en sus servicios. También sirven para incrementar su nivel de compromiso y la cantidad de datos personales recabados.
El impacto adverso de las estrategias adictivas es considerablemente mayor cuando se utilizan para tratar datos personales de personas vulnerables, por ejemplo, en el caso de la infancia y adolescencia. Esa adicción influye en las preferencias e intereses de los menores y afecta en última instancia a su autonomía y a su derecho al desarrollo.
Diferentes plataformas y patrones adictivos
La Agencia ha realizado en el informe una revisión de la evidencia científica existente acerca de los patrones adictivos en diferentes plataformas, aplicaciones y servicios:
- redes sociales,
- plataformas de vídeo o música,
- de contenido para adultos,
- entornos de aprendizaje,
- aplicaciones de salud y bienestar,
- juegos,
- etc.)
lo que supone abordar, desde una perspectiva complementaria, nuevos casos de uso.
Reglamento de Servicios Digitales
Por otra parte, el Reglamento de Servicios Digitales, (Digital Services Act (DSA), en inglés) establece en su artículo 25 que las plataformas online no diseñarán, organizarán ni gestionarán sus interfaces de manera que engañen o manipulen a los usuarios. Y tampoco de manera que distorsionen u obstaculicen su capacidad de tomar decisiones libres e informadas.
Patrones adictivos y protección de datos
La incorporación de patrones adictivos a los tratamientos de datos personales tiene importantes implicaciones de cara a la normativa de protección de datos personales. Asimismo, implica un riesgo para los derechos y libertades de todos los usuarios y, en particular, para el derecho a la integridad física y psíquica de niños y adolescentes.
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