Su empresa quiere una web atractiva, comunicadora y «vendedora», puesto que es el escaparate virtual de su compañía y una herramienta de primera para transmitir su imagen corporativa. Pero una web interactiva exige recoger datos personales, y cuantos más elementos de interacción haya, mayor es el riesgo de estar infringiendo la normativa de protección de datos.
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No se puede alegar la sentencia de la AEPD
Quien denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos hechos que considera que constituyen una infracción de la normativa no tiene legitimación para recurrir en la vía jurisdiccional frente a la resolución que haya dictado al respecto esa agencia. Así lo ha dicho el Tribunal Supremo contradiciendo radicalmente a la Audiencia Nacional en una sentencia.
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Preguntas que debe hacerse antes de instalar cámaras de videovigilancia
La instalación de cámaras de videovigilancia es una práctica cada vez más extendida pero, al ser un medio tan invasivo, las probabilidades de denuncia e infracción son muy elevadas. Evalúe con estas preguntas si en su empresa es una medida válida y legalmente segura.
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Anime a sus trabajadores a buscar contraseñas seguras
¿Sabe cuántas contraseñas informáticas utilizan la fecha de nacimiento, el nombre de un hijo del usuario o simplemente «123456»? Como bien saben los hackers, se trata de alguna de las reglas nemotécnicas más socorridas a la hora de elegir las contraseñas y, por lo tanto, más fáciles de averiguar. Pero, además, también existe el riesgo de incumplir la normativa de protección de datos.
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Gripe y protección de datos
No todos los datos personales merecen el mismo nivel de protección, y no todo vale cuando se trata de establecer medidas de actuación en los centros de trabajo para evitar el contagio de la gripe entre los trabajadores y garantizar la continuidad de la empresa. Hay algunas medidas que puede estar tomando su empresa que supongan una infracción de la normativa de protección de datos personales. Ni la fase de pandemia ni la alarma social eximen del cumplimiento de la ley.
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Preocupación por la protección de datos
Mayor sensibilidad
El 75% de los ciudadanos les preocupa la protección de sus datos. El 43,5% de los ciudadanos les preocupa «mucho»la protección de datos y el uso de la información y a otro 30,6% les preocupa «bastante», según la encuesta a la población elaborada por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), lo que supone un porcentaje altísimo de sensibilidad hacia la materia. [Leer más…]
El tamaño de la empresa y la sanción
El tamaño de la empresa no importa
A la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) no le influye a la hora de fijar el importe de una sanción económica a una empresa si ésta es grande o pequeña o que se vea obligada a cerrar dada la cuantía de la sanción. Así lo ha reconocido expresamente la propia Agencia al resolver un procedimiento de una pequeña empresa dedica a realizar envíos publicitarios.
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Selección de personal segura
Mediante un buen procedimiento de recepción de curriculum a través de su página corporativa previa información a los candidatos y consentimiento de éstos, su empresa tiene la seguridad de estar cumpliendo la normativa y realizar la selección de personal segura. Si además acepta recibir curriculum por otras vías o canales (por ejemplo, que lleguen por correo postal, a través del correo electrónico, etc.) deberá asegurarse de cumplir igualmente los deberes de información y recabar el consentimiento.
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Cómo captar candidatos sin incumplir la ley
Recibir curriculums personales de candidatos para realizar los procesos de selección de personal a través de una sección específica dentro de su web corporativa exige que se sigan ciertos requisitos para cumplir la ley de protección de datos. Una vez instaurados, es una buena forma de tener «automatizadas» todas las cautelas que debe seguir su empresa y asegurarse un cumplimiento estricto de la ley en la selección de personal.
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Entrega de certificado de retenciones a otra persona
El denominado certificado de retenciones fiscales que la empresa debe expedir respecto de personas físicas acredita que la empresa que hace pagos a un trabajador contribuyente ha satisfecho a las Hacienda Pública las cantidades correspondientes. Su finalidad es certificad que el pagador ha ingresado las cantidades que el contribuyente está obligado a abonar a cuenta del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).
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