El trabajo de detectives privados consiste en realizar averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación de información sobre conductas o hechos privados de diferentes ámbitos (económico, laboral, mercantil, financiero, etc.) En ningún caso se puede investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados. [Leer más…]
Delegado de protección de datos y la normativa laboral
La normativa laboral no contiene previsiones específicas que establezcan los derechos y deberes de los trabajadores en el ámbito de la protección de datos. Por lo tanto, el contenido de su régimen jurídico vendrá integrado por las previsiones legales y convencionales generales y por la normativa de protección de datos personales, aplicándose directamente el RGPD y la legislación española que lo desarrolle. [Leer más…]
Obligaciones de Delegado de Protección de Datos
El Reglamento Europeo ha introducido la figura del Delegado de Protección de Datos (DPD), como una persona responsable para supervisar y monitorear de una forma independiente la aplicación interna y el respeto de las normas sobre protección de datos en el seno de una entidad (respponsable o encargado del tratamiento). [Leer más…]
Geolocalización en la protección de datos
Geolocalización es cualquier dato tratado en una red de comunicaciones electrónicas que indique la posición geográfica del equipo terminal de un usuario de un servicio de comunicaciones electrónicas disponible para el público. Por lo cual, como los datos de localización se refieren siempre a una persona física identificada o identificable, constituyen datos personales, por lo que son de aplicación de la normativa de protección de datos. [Leer más…]
La voz en la protección de datos
La voz es un dato personal que permite identificación de una persona. El control a través de los sistemas de grabación de sonido se encuentra sometido a los principios de «proporcionalidad e intervención mínima», según el artículo 89.3 de la LOPD. [Leer más…]
Videovigilancia en relaciones laborales
Según la AEPD, la grabación de la imagen y/o sonido de una persona (videovigilancia), ya sea trabajador o no de la empresa, es un dato personal.
Correo electrónico y su control
Según la AEPD, el correo electrónico y la dirección de IP es un dato de carácter personal porque permite identificación. Con independencia de que la denominación corresponda o no con el nombre y apellido de su titular, país o entidad en la que trabaja. Porque hay que tener en cuenta que es posible identificar a una persona física, ya que el correo electrónico está vinculado a un dominio concreto y solo es preciso consultar al servidor en que se gestione dicho servicio. [Leer más…]
Control biométrico en la protección de datos
Control biométrico es el control de los datos que pueden definirse como propiedades biológicas, características fisiológicas, rasgos de la personalidad o tics, que son atribuibles a una sola persona. Ejemplos típicos son los que proporcionan las huellas dactilares, los modelos retinales, la estructura facial, las voces, la geometríca de la mano, etc. [Leer más…]
Derechos digitales y protección de datos
El control a través de sistemas de videovigilancia, el rastreo a través de sistemas de geolocalización, los controles biométricos, el seguimiento de correos electrónicos y de las navegaciones por Internet representan una realidad, en la que la vigilancia empresarial se ha convertido en algo más impersonal e invasivo. Ahora la normativa establece los «nuevos» derechos digitales. [Leer más…]
Despido disciplinario y protección de datos
El Estatuto de Trabajadores en su art. 55.1 prevé que «el despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos». Por ello, la inexistencia de comunicación escrita determina de forma automática la improcedencia del despido. [Leer más…]
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