El Gobierno de España ha anunciado el lanzamiento de la app Radar Covid para el próximo 15 de septiembre. La finalidad es rastrear las cadenas de contactos y posibles contagios como medida para hacer frente a la pandemia. Estas aplicaciones ya han sido implementadas y están en funcionamiento en distintos países europeos desde junio.
Cómo funciona «Radar Covid»
Dicha aplicación no requerirá datos personales ni permisos de localización. Su funcionamiento está basado en el uso de la conexión Bluetooth que deben tener activados los dispositivos móviles. Cuando dos personas que la tienen descargada pasan más de 15 minutos juntos a menos de 1,5 metros de distancia, los dos dispositivos intercambian unas claves, elaborando así un registro anonimizado al que el propio usuario tampoco puede acceder ni descifrar.
En comparación con las aplicaciones de otros países europeos, Radar COVID no especifica de forma suficientemente clara en la Política de Privacidad las distintas finalidades del tratamiento y las respectivas bases legitimadoras. Tampoco se especifican los plazos de conservación de los datos para fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, tal y como determina el Comité Europeo de Protección de Datos.
AEPD al respecto de la APP
La Agencia Española de Protección de Datos lamentó en su comunicado de fecha 23 de junio que la herramienta se había desarrollado sin su participación. Sólo participó en un procedimiento de actuaciones de investigación iniciado el 21 de mayo y que no había sido concluido. También aprovecharon para recordar en este comunicado que el Responsable del Tratamiento, es decir, el Gobierno, debe tener en cuenta la protección de datos desde el diseño del proyecto.
Respuesta del Gobierno
Según las informaciones facilitadas por las fuentes gubernamentales aseguran que no existe tal tratamiento en cuanto toda la información está anonimizada. Sólo se puede acceder a los registros de rastreo por parte de las autoridades sanitarias.