Actualmente, para grabar clases presenciales u online, no nos hace falta más que tener un teléfono a mano o pulsar «grabar» en la aplicación. Los motivos para grabar clases pueden ser diversos. Antes hay que preguntarse si grabar clases es legal, tanto si son presenciales como si son online. En este artículo intentaremos dar respuesta a esta pregunta.
¿Grabar clases es legal?
Grabar clases es legal, aunque existen matices. Es una actividad que puede implicar el tratamiento de datos personales, por ejemplo, el derecho a la propia imagen y derechos de propiedad intelectual.
Es necesario tener en cuenta las normativas que afectan a tratamientos. Que es dónde encontremos las limitaciones legales para poder hacerlo, sea en la universidad, el instituto, en el colegio o una academia.
Normativa de Protección de Datos
Si es el profesor el que quiere realizar grabación, podrá hacerlo siempre que la grabación tenga como finalidad acciones relacionadas con la actividad docente. Por ejemplo, grabar conversaciones de los alumnos en inglés para corregir pronunciación, grabar presentaciones de trabajo para su posterior evaluación, etc.
El consentimiento del profesor
En el caso de los alumnos que quieran grabar clases presenciales, deberán solicitar autorización al profesor y contar con su consentimiento para ello. Siempre que la grabación sea para el uso personal, esta no está sometida a la normativa de protección de datos. No obstante, el profesor puede negarse a ello alegando motivos personales o académicos.
El consentimiento de los alumnos
El consentimiento de los alumnos (o de sus padres o tutores legales si son menores de 14 años) será necesario para la grabación de la clase cuando dicha grabación no responda a las condiciones legitimadoras del citado art. 8 del LOPDGDD o cuando la grabación no sea relativa a una actividad docente.
Cuándo no es necesario el consentimiento para grabar clases
Cómo hemos señalado, el consentimiento para la grabación de una clase, por parte del profesor o del alumnado, no es necesario cuando se dan las condiciones del artículo 8 de la LOPDGDD. Tampoco será necesario cuando la grabación está relacionada con la actividad docente.
Sin embargo, es necesario comprobar si esas condiciones se dan previamente a grabar las clases. Por otro lado, se deberá informar a profesor y alumnos de la grabación de las mismas y la finalidad.