Los hechos
Una empresa realizó una auditoría interna de sus redes de información con el fin de revisar la seguridad del sistema y detectar posibles anomalías en la utilización de los medios informáticos puestos a disposición de los trabajadores. A través de ella descubrió que uno de sus trabajadores pasaba gran parte de su tiempo de trabajo utilizando Internet para fines personales, por lo que fue despedido disciplinariamente alegando transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo. El trabajador impugnó judicialmente el despido.
Tribunal Supremo
El Tribunal determina que, aunque las herramientas informáticas son propiedad de la empresa y ésta las pone a disposición de los trabajadores para que las utilicen en el cumplimiento de la prestación laboral, el control que haga la empresa dentro de su poder de vigilancia tiene que respetar «la consideración debida a la dignidad del trabajador» y su «derecho a la intimidad».
Y esto no ocurre si la empresa no ha establecido previamente las reglas de uso de los medios y herramientas informáticas, no ha impuesto expresamente prohibiciones sobre su utilización y no ha informado a los trabajadores de que va a realizar controles para verificar el uso que se está haciendo de estas herramientas.
Por lo tanto, si lleva a cabo el despido sin haber advertido previamente de todo ello, se estaría vulnerando el derecho a la intimidad del trabajador.
AEPD
El trabajador despedido no sólo impugnó su despido ante la jurisdicción Social, sino que también denunció a la empresa ante la AEPD por una presunta vulneración de la normativa de protección de datos.
La normativa de protección de datos personales considera legítimas las intervenciones en los ordenadores de trabajo siempre que se haya informado previamente a los trabajadores.
Estatuto de los trabajadores
El Estatuto de los trabajadores establece que el empresario podrá adoptar las medidas de vigilancia y control que considere oportunas para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones laborales, siempre que no atenten contra su dignidad.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente