Un contrato oneroso es un tipo de contrato en el que el coste requerido para cumplir con el acuerdo es mayor que el beneficio económico que se obtendrá del mismo. Dicho contrato puede representar una carga financiera importante para una organización.
Contrato oneroso y su definición
Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) definen este contrato como todo aquel contrato en el cual los costos inevitables de cumplir con las obligaciones que conlleva, exceden a los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo.
Tipos de contrato oneroso
- Compraventa: es un acuerdo entre un vendedor y un comprador. El vendedor acuerda entregar o vender algo a un comprador por un precio fijo que el comprador ha acordado pagar. Tiene que ser:
- Consensual
- Bilateral
- Oneroso
- Traslativo
- Trabajo: es un acuerdo firmado entre un empleado individual y un empleador. Establece tanto los derechos como las responsabilidades de ambas partes.
- Alquiler: es un acuerdo, normalmente por escrito, entre el dueño de una propiedad y un inquilino que desea tener la posesión provisional de esta propiedad. Como mínimo, el acuerdo identifica:
- las partes,
- la propiedad,
- el plazo del alquiler,
- el importe del alquiler por el plazo.
- Agencia: es un acuerdo de agencia se forma cuando una persona (agente) es autorizada por otra persona, llamada principal, para actuar en nombre del principal.
- Etc.
Contratos onerosos y protección de datos
La normativa requiere que cuando este acuerdo incluya el procesamiento de datos personales, se aseguren de que ciertas cláusulas estén incluidas dentro de un contrato entre ambas partes.
El contrato debe incluir como mínimo: el tema y la duración del procesamiento; la naturaleza y el propósito del procesamiento; el tipo de datos personales y categorías de sujeto de datos; y las obligaciones y derechos del responsable del tratamiento.
Contrato oneroso y contrato gratuito
Un contrato de gratuito u oneroso se refiere a la utilidad que el acto reporta a los contratantes. Si sólo reporta utilidad a uno de los contratantes, quien no ofrece nada a cambio, el contrato es gratuito. Si ambos contratantes se benefician o obtienen utilidad del contrato, éste es oneroso.