En general, cualquier compañía necesita contratar algunos servicios con otras empresas para poder operar en determinadas tareas y gestiones. Estas relaciones entre empresas se gestionan a través de un contrato mercantil. El contrato de exclusividad es cuando una o las dos empresas implicadas quieren que esta sea una relación exclusiva.
¿Qué es un contrato de exclusividad?
Un contrato de exclusividad es un acuerdo de carácter mercantil que firman dos o más empresas cuando quieren colaborar conjuntamente. Dicha colaboración será en exclusiva para una o todas las empresas que firman dicho contrato.
Características
Como ya probablemente sabemos, el contrato de exclusividad puede ser bilateral. Es decir, todas las partes que lo firman se comprometen a trabajar en exclusiva entre ellas. O puede afectar solo a una de las partes. Es decir, una de las empresas firmantes se compromete a realizar una tarea de manera exclusiva para la otra.
El punto importante es que el contrato no puede ser absoluto. Es necesario que se especifiquen en él el área concreta del negocio, el producto, el tiempo o la zona geográfica que durará la exclusividad, según el acuerdo de las partes.
Tipos de contratos de exclusividad
Hay diferentes tipos de contratos de exclusividad:
- Unilateral: cuando solo una de las partes está afectada por exclusividad.
- Bilateral: ambas partes están sometidas al mismo.
- De suministro: este tipo de contrato asegura que ese proveedor no venderá la materia prima en cuestión a otras empresas.
- De sinergia: cuando varias empresas fabrican productos que son complementarios entre sí, y cuya fabricación conjunta beneficia a ambas partes.
- Geográfico: en este tipo de contrato se otorga una distribución exclusiva a una empresa en concreto.
- Para ventas: el contrato se hace para vender un producto o prestar un servicio específico.
- De patrocinio: se firma para acordar el patrocinio en exclusiva de una empresa.
Las condiciones de la cláusula de exclusividad suelen acordarse entre las empresas previamente. Se delimita el objeto, alcance y duración de la exclusividad, y también, las posibles consecuencias y sanciones que puedan derivarse por el incumplimiento de las condiciones acordadas.