El principio general aplicable a la recogida y tratamiento de datos personales es: sólo podrán ser objeto de tratamiento los datos que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido.
Eso significa que su empresa sólo podrá recoger los datos que sean proporcionales en relación con la finalidad para que se recogen.