En este segundo artículo sobre el plugin ADAPTA RGPD, explicamos el proceso de configuración para crear páginas para el Aviso Legal, la Política de Privacidad y la Política de Cookies. Añadir enlaces a las páginas legales en el pie de página y el banner de aviso de Cookies.
Se puede descargar desde el directorio de plugins de WordPress: https://wordpress.org/plugins/adapta-rgpd/
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ADAPTA RGPD. Plugin WordPress para cumplir RGPD (I)
Ayuda para adaptar WordPress al RGPD. Crea páginas para el Aviso Legal, la Política de Privacidad y la Política de Cookies. Añade enlaces a las páginas legales en el pie de página y el banner de aviso de Cookies.
Se puede descargar desde el directorio de plugins de WordPress: https://wordpress.org/plugins/adapta-rgpd/
Tal como se puede comprobar en el enlace anterior, es un plugin con la valoración máxima por parte de los usuarios, y a nivel de soporte es un 10.
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Joomla! y cumplimiento del RGPD
Joomla!, al escuchar a sus usuarios (el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que es de obligado cumplimiento desde el 25 de mayo de 2018), tiene la intención de integrar una Suite de Herramientas de Privacidad en Joomla! para facilitar el cumplimiento de sus sitios y hacer que la vida de los desarrolladores sea más fácil para que sus extensiones cumplan.
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PrestaShop y cumplimiento del RGPD
El Módulo Cumplimiento del RGPD de PrestaShop ofrece una solución completa para que una tienda realizada con ese software cumpla con las normativa de la Unión Europea. Recordar que el nuevo Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea es de obligado cumplimiento desde el 25 de mayo de 2018.
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Moodle y cumplimiento del RGPD
En la versión de Moodle 3.5 se incorporan mejoras para el cumplimiento del RGPD https://docs.moodle.org/dev/Moodle_3.5_release_notes#GDPR. Por tanto es imprescindible actualizar a la versión 3.5, puesto que con versiones anteriores no se puede cumplir totalmente el RGPD, puesto que no incorporan las nuevas funcionalidades, y por tanto esos sitios con versiones anteriores a 3.5 cumplirían de forma parcial.
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Principio de limitación del plazo de conservación
Los datos deben ser mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no más tiempo del necesario para los fines del tratamiento de los datos personales. Superado este tiempo, sólo pueden conservarse durante períodos más largos con las finalidades de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, siendo en ocasiones preciso, en orden a salvaguardar el principio de minimización, proceder a la seudonimización de los datos, y sin perjuicio de la aplicación de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que impone el RGPD para proteger los derechos del interesado. [Leer más…]
Principio de finalidad del tratamiento
Respecto de los fines, el RGPD determina que deben ser recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, y no ser tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines. La finalidad es un aspecto clave del tratamiento, pues no sólo permite iniciar la recogida de los datos, sino que le acompañará a lo largo de su vida determinando, tanto los tipos de datos que permite recoger, como limitando el uso posterior del tratamiento sólo a finalidades compatibles con la inicial que se concretan en fines de interés público, investigación científica e histórica o fines estadísticos. [Leer más…]
Principio de licitud
Los datos personales deben ser tratados de acuerdo con el principio de licitud, lealtad y ser transparentes en relación con el interesado, como establece el RGPD art.5. El tratamiento sólo será lícito si se cumple alguna de las circunstancias allí previstas. [Leer más…]
Ámbito territorial del Reglamento
En la normativa española (LOPD art. 2.1), el ámbito territorial de aplicación se refería a los siguientes supuestos. La normativa española de protección de datos será de aplicación cuando el tratamiento:
- Sea efectuado en territorio español en el marco de las actividades de un establecimiento del responsable del tratamiento. Cuando quien se encuentre en España no sea el responsable, sino un encargado de tratamiento, será de aplicación al mismo las normas contenidas en el RD1720/2007.
Ámbito de aplicación del RGPD
El ámbito de aplicación de la normativa de protección de datos, tanto a los tratamientos total o parcialmente automatizados de datos personales, como a los tratamientos no automatizados o manuales de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. Sin embargo, hay tratamientos a los que no se aplica la normativa.
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