La obligación de respeto a la normativa de protección de datos se extiende tanto a los organismos públicos como privados que realizan actividades de intermediación laboral. La referida exigencia se proyecta también sobre las agencias de colocación.
Portal Único del Empleo
La Ley de Empleo señala la existencia de una base común, Portal Único de Empleo, que posibilite la difusión de las ofertas, demandas de empleo y oportunidades de formación existentes en todo el territorio del Estado, así como en el resto de los países del Espacio Económico Europeo, respetando lo establecido en la normativa de protección de datos.
Qué son las agencias de colocación
Se entiende por tales aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de intermediación laboral, como colaboradores de los servicios públicos de empleo, o de forma autónoma, pero coordinada con los mismos.
Asimismo, pueden desarrollar actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal.
Obligaciones de las agencias de colocación
Son obligaciones de las agencias de colocación:
- Suministrar a los servicios públicos de empleo determinada información (sobre los trabajadores atendidos y las actividades que desarrollan). Así como las ofertas de empleo y los perfiles profesionales que correspondan con esas ofertas.
- Respetar la intimidad y dignidad de los trabajadores y cumplir la normativa aplicable en materia de protección de datos.
- Garantizar a los trabajadores la gratuidad por la prestación de servicios.
Empresas de Trabajo Temporal
La AEPD ha resuelto una consulta que plantea si las empresas de trabajo temporal han de ser consideradas encargadas del tratamiento de las empresas usuarias con las que celebren, en su caso, un contrato de puesta a disposición de los trabajadores contratados por aquellas.
Ha concluido que la ETT no tiene la condición de encargada del tratamiento respecto de los datos de los que sea responsable la empresa usuaria y a los que acceda el trabajador al que se refiera el contrato. Todo ello sin perjuicio de la condición que le corresponda respecto del tratamiento de los datos referidos a los citados trabajadores.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente