El blog de la empresa es, más que una moda, una herramienta de comunicación y márketing que ha nacido para quedarse. Contribuyen a:
- atraer y fidelizar clientes
- crear relaciones
- comunicarse con el mercado
- optimizar las búsquedas
- mejorar la indexación de contenidos
Si su empresa quiere crearse el blog tiene que cumplir con la normativa de protección de datos y LSSI.
¿Cómo cumplir con la protección de datos en su blog?
- Notificar el fichero de suscriptores (no necesario a partir de 25 de mayo del 2o18)
- Finalidad del fichero. Al diseñar este sistema y en atención al principio de calidad, sólo puede recoger los datos estrictamente necesarios y adecuados para la prestación del servicio y no debe utilizarlos para finalidades distintas de la gestión de la suscripción y el envío de las correspondientes alertas.
- Medidas de seguridad. Su empresa debe aplicar las medidas que corresponden al nivel de seguridad existente. Se determina en función de los datos personales que se recogen para su suscripción.
- Deber de secreto. Todas las personas que intervengan en el tratamiento se encuentran sujetas al deber de secreto sobre los mismos.
- Deber de información y ejercicio de derechos. En el momento de recogida de datos, deberá incluir una cláusula informativa. La correcta política de privacidad, colocada en el lugar visible, le ayudará a cumplir con la normativa. No olvide tampoco ofrecer a sus suscriptores la posibilidad de darse de baja y oponerse al tratamiento de sus datos con fines comerciales.
- Encargado de tratamiento. Es cada día más frecuente contratar los servicios de community manager para la correcta y ágil gestión de sus sitios web y/o medios sociales y la debida atención a sus suscriptores. En este caso, recuerde firmar el correspondiente contrato de encargado de tratamiento con la empresa o persona que le proporcione estos servicios.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente