Cuando una asesoría fiscal presta servicios de asesoramiento para la confección de los distintos impuestos que la normativa fiscal y tributaria les exige, debe tener acceso a distinta documentación que contiene información personal.
A qué tipo de empresas presta servicios asesoría fiscal
La asesoría presta servicios a: las empresas, autónomos/as, asociaciones, etc.
A qué información tiene acceso
Generalmente tiene acceso a las facturas de clientes, de proveedores, etc.
Asesoría fiscal como encargado del tratamiento
En estos casos la asesoría adquiere la condición de encargado del tratamiento. Es así porque el tratamiento de datos personales lo lleva a cabo por cuenta y según las instrucciones de su cliente, que es el responsable del tratamiento. Por lo tanto, deben suscribir el correspondiente contrato de encargo conforme al artículo 28.3 del GDPR.
Asesoría fiscal como responsable del tratamiento
Sin embargo, en el caso de los autónomos/as, en las dos circunstancias relacionadas a continuación, la asesoría fiscal normalmente no precisaría esa documentación que contiene información personal como puede ser facturas de clientes, de proveedores, etc. Por lo que no habría tratamiento de datos personales. Tampoco actuaría como encargado del tratamiento. En consecuencia, no haría falta firmar contrato de encargo conforme al artículo 28.3 del GDPR. Esto es cuando el autónomo/a está acogido/a al régimen de :
- Estimación objetiva, cuando el rendimiento se calcula en base a unos parámetros objetivos que la Agencia Tributaria fija para cada actividad.
- Recargo de equivalencia que es el régimen especial de IVA, recargo que se aplica cada vez que se compra un producto para luego venderlo, que permite a quien esté a él acogido no tener que declarar el IVA.
Por tanto, si no se comparte con la asesoría fiscal la documentación con los datos personales, no será preciso suscribir el contrato de encargo de tratamiento.