La Agencia de Protección de Datos promueve un sistema de mediación para agilizar la resolución de reclamaciones en materia de publicidad. El spam es una de las quejas más frecuentes planteadas ante la Agencia. La presentación de reclamaciones a través de AUTOCONTROL y de este código de conducta va a permitir acceder a un procedimiento de mediación voluntario y gratuito para el ciudadano para dar una respuesta más ágil a las reclamaciones.
Quienes son
AUTOCONTROL es el organismo independiente de autorregulación de la publicidad en España. Constituido en 1995 como asociación sin ánimo de lucro, está integrado por anunciantes, agencias de publicidad, medios de comunicación y asociaciones profesionales. Su objetivo principial es trabajar por una publicidad responsable.
Código de conducta de Autocontrol
La AEPD ha aprobado la modificación del Código de conducta de AUTOCONTROL ‘Tratamiento de datos en la actividad publicitaria’. Este código recoge una vía para resolver de forma más ágil las reclamaciones en materia de protección de datos y publicidad que puedan ser planteadas por los ciudadanos. Lo pueden descargar en el siguiente enlace.
Cuándo entra en vigor
Este código de conducta entrará en vigor el próximo 28 de enero.
Se aplica a los tratamientos de datos con fines publicitarios que realizan las entidades adheridas, como por ejemplo:
- envío de comunicaciones comerciales (también aquellos en los que el interesado se encuentra en una lista de exclusión publicitaria),
- promociones realizadas para recoger datos personales para utilizarlos con fines publicitarios,
- uso de las cookies,
- uso de otras tecnologías equivalentes para la realización de publicidad comportamental,
- elaboración de perfiles con fines publicitarios,
- etc.
Cómo funciona el organismo de Autocontrol
El funcionamiento práctico será el siguiente. AUTOCONTROL dispone de un sistema de resolución extrajudicial para resolver controversias que surjan entre los ciudadanos y las entidades adheridas al código para valorar los tratamientos de datos realizados en el ámbito de la actividad publicitaria.
AUTOCONTROL estudiará las reclamaciones recibidas y empezará el procedimiento de mediación. La entidad adherida deberá responder en el plazo máximo de 15 días, proponiendo las actuaciones que puedan ser pertinentes para la mediación. La duración máxima del procedimiento será de 30 días.
Para más información el siguiente enlace.