Hablaremos de la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Esa ley establece que todos los centros educativos donde cursen sus estudios las personas menores de edad deben tener un Coordinador de bienestar y protección del alumnado.
¿Qué es un coordinador de bienestar?
El coordinador de bienestar y protección es un profesional que se encarga de velar por la protección de los niños y adolescentes en el colegio. Esta figura debe poner en marcha las acciones necesarias para que reciban un buen trato en los centros educativos.
Funciones del coordinador de bienestar
Entre sus funciones se encuentra:
- promover la comunicación con la agencia de protección de datos ante situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de edad;
- coordinar con las Asociaciones de Padres y Madres formación para las familias;
- coordinar los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales competentes.
Canal prioritario
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dispone de una herramienta, el Canal prioritario. Sirve para comunicar la publicación no autorizada en internet de contenido sexual o violento y solicitar su retirada de forma urgente. El centro educativo puede denunciar la publicación en internet de estos contenidos. En este contexto, la figura del coordinador de bienestar y protección del alumnado se convierte en una figura clave para denunciar ante la Agencia la publicación de este tipo de contenido.
Responsabilidad
Hay que recordar que la publicación de contenidos sexuales o violentos sin consentimiento de los implicados puede derivar en responsabilidad administrativa por protección de datos, civil y penal. Además, los padres o tutores legales responden solidariamente de las multas por las infracciones a la normativa de protección de datos impuestas a sus hijos e hijas menores de edad y mayores de 14 años. Civilmente también responden por los daños y perjuicios materiales y morales causados por las infracciones administrativas o delitos cometidos por los menores.