Las personas con discapacidad se enfrentan a una serie de problemas por su condición. Además necesitan que sus datos personales estén debidamente protegidos.
Personas con discapacidad y RGPD
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en su artículo 9.1, aborda el tratamiento de categorías especiales de datos personales como los datos relativos a la salud. Se entiende que las personas con discapacidad están encuadradas en ese tratamiento de categorías especiales leyendo los considerandos 35, 53 y 54, pero no porque esté expresamente recogido en su articulado. Habrá que analizar las normativas competentes para comprobar si este grupo está jurídicamente protegido.
Derechos de personas con discapacidad
- Derecho a la igualdad y no discriminación.
- A una adecuada accesibilidad y movilidad.
- A la protección ante situaciones de riesgo.
- Al igual reconocimiento como personas ante la ley.
- Al acceso a la justicia.
- Derecho a la libertad y seguridad.
- A la integridad personal.
- A la intimidad y confidencialidad.
- Etc.
¿Se debe darle preferencia sobre los demás a los discapacidatos en un proceso selectivo?
No. Un empleador tiene la libertad de elegir al solicitante más calificado y tomar decisiones basándose en razones que no tienen nada que ver con la discapacidad.
El empleador puede contratar al solicitante que tiene mejores cualidades y capacidades en el puesto.
Supuestos para poder tratar dato de discapacidad
En concreto, para poder tratar el dato de la discapacidad ha de:
- Darse alguna circunstancia que suponga una excepción a la prohibición general del artículo 9.1 RGPD
- Encajar en alguna de las bases legitimadoras dispuestas en el artículo 6 del RGPD.
- Tener en cuenta el principio de minimización previsto en el artículo 5 del RGPD.
¿Es lícito publicar datos del interesado en el proceso selectivo?
Sí, es lícita la publicación del dato relativo a la condición de discapacidad en un proceso selectivo público de empleo. La condición es que se apliquen unas medidas técnicas y organizativas apropiadas que, salvaguarden la privacidad del candidato.