La reclamación ante la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) pueden interponerse siempre y cuando un interesado tenga pruebas o indicios de un incumplimiento o infracción de la ley de protección de datos por parte de un responsable del tratamiento de sus datos personales. En este artículo explicamos cómo funcionan.
¿Qué se puede reclamar?
La AEPD protege los derechos, según el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (en adelante RGPD). Los derechos que son relativos a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Ante indicios de incumplimiento de la normativa, cualquier interesado puede iniciar el procedimiento. Para ello, el reclamante deberá respetar el procedimiento establecido por la normativa en materia de protección de datos vigente.
Procedimiento de reclamación ante la AEPD
Cuando un interesado considere que cualquier de estos derechos no han sido respetado por el responsable del tratamiento de sus datos personales deberá en primer lugar dirigirse al responsable por un medio que permita acreditarlo y ejercerlos. En algunos casos al encargado del tratamiento que atenderá la solicitud por cuenta del responsable.
Cuando un responsable del tratamiento de datos reciba una solicitud de ejercicio de derechos por parte de un interesado dispondrá del plazo de un mes. Este plazo es a contar desde la recepción de la solicitud, para atender la misma y dar respuesta al interesado.
En el caso de que se trate de una solicitud especialmente compleja, este plazo podrá extenderse al de dos meses. En este caso, el responsable del tratamiento debe comunicar esta ampliación dentro del primer mes al interesado.
Si el responsable no responde o no atiende a su solicitud en el plazo establecido o si el interesado considera que la respuesta no ha satisfecho sus pretensiones, será cuando pueda interponer una reclamación en la AEPD.