La Agencia Española de Protección de Datos ha aprobado reciéntemente su Código Ético, en el que recoge las normas internas de conducta, valores y principios que deben regir la actuación de los empleados y directivos de esta institución. Con la aprobación de este texto la Agencia da respuesta a uno de los compromisos asumidos en el Marco de Actuación de Responsabilidad Social y Sostenibilidad 2019-2024, aprobado en marzo de 2019.
Valores
El Marco de Actuación de Responsabilidad Social de la AEPD recoge en su segundo eje una sólida apuesta por impulsar una política de cumplimiento (compliance) basada en valores:
- la transparencia,
- el buen gobierno,
- la integridad,
- la rendición de cuentas,
- etc.
Actuaciones
Esta iniciativa forma parte de un conjunto de actuaciones orientadas a reforzar la posición institucional de la AEPD y la confianza de los ciudadanos, entre las que se recogen:
- la regulación de los sistemas de información de denuncias internas incluidos en la Ley 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
- prescripciones relativas al uso de los bienes y recursos por parte de los altos cargos de la Agencia,
- establece la necesidad de observar una especial austeridad en sus gastos de representación.
- etc.
Para llevar a cabo las responsabilidades asumidas, se han identificado más de 100 actuaciones:
- un 70% responde a compromisos con la sociedad, especialmente en temas de prevención para una protección más eficaz de las personas, de igualdad de género y de innovación y emprendimiento;
- un 13% son compromisos internos con los empleados,
- un 10% con el respeto al medioambiente,
- un 7% están relacionadas con el buen gobierno, la transparencia y la rendición de cuentas.
Eventos públicos
Por otra lado, el personal de la Agencia no acudirá en representación de la AEPD a cursos, conferencias, jornadas o eventos similares organizados por empresas o asociaciones empresariales, salvo que en dicha asistencia haya un interés público. En este caso el personal que participe no podrá percibir retribución económica alguna. Los altos cargos de la Agencia no podrán, en ningún caso, recibir una compensación económica adicional por intervenir en cualquier evento, público o privado.
Independencia
Asimismo, incluye un conjunto de normas de conducta destinadas a evitar situaciones de conflicto de interés, tales como:
- abstenerse de utilizar el cargo para agilizar o entorpecer procedimientos,
- utilizar el cargo para nombrar personal con quien pueda haber un conflicto de interés familiar,
- desarrollar cualquier actividad ajena a las responsabilidades de la Agencia de modo que pueda interferir o resultar contraria a los intereses públicos.
El texto completo del código ético lo pueden consultar en el siguiente enlace.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente