El concepto de “interés legítimo” constituye un concepto jurídico indeterminado y difícil de concretar. Semánticamente el concepto de interés legítimo tiene dos acepciones: interés de una persona reconocido y protegido por el derecho y situación jurídica que se ostenta en relación con la actuación de otra persona y que conlleva la facultad de exigirle, a través de un procedimiento administrativo o judicial, un comportamiento ajustado a derecho.
Interés legítimo
Para el Grupo de Trabajo, el interés está relacionado, aunque es diferente, con el concepto de “finalidad” que regula el artículo 6 de la Directiva. Así, la finalidad es el motivo por el cual los datos personales son tratados, mientras que el interés legítimo supone el beneficio que puede obtener el responsable cuando realice el tratamiento de datos.
Por ejemplo, una empresa debe tener interés en asegurar la salud de sus trabajadores que realizan sus funciones, para lo cual, deberá tratar datos de salud de los mismos implementando procedimientos que aseguren un adecuado control y tratamiento de este tipo de datos.
Interés ilegítimo
En segundo lugar, habrá que determinar si el interés es legítimo o ilegítimo, para lo que el Grupo del Artículo 29 ofrece la siguiente lista de supuestos, tales como ejercicio de los derechos fundamentales de libertad de expresión e información, marketing directo; envío de mensajes no comerciales; tratamiento de datos para fines históricos, científicos, estadísticos o de investigación; prevención de fraude o blanqueo de capitales, etc.
Balance de intereses
Por ejemplo, una empresa puede tener interés legítimo en conocer las preferencias de sus clientes para ofrecerles productos y servicios, pero esto no significa que pueda recoger datos personales de los mismos sin su conocimiento para elaborar perfiles.
Resumen
En su consecuencia, queda claro que tener un interés económico en tratar un dato no supone necesariamente que este tratamiento sea legítimo. Habrá que analizar cada caso concreto para apreciar la presencia de este interés.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente