Los representantes de los trabajadores necesitan conocer ciertos datos personales de los trabajadores para desarrollar su labor. Sin embargo, su empresa no puede facilitar el acceso ni entregar toda la información personal que le soliciten, pues se arriesga a estar cediendo datos personales sin el necesario y previo consentimiento de los trabajadores, lo que podría suponer la infracción de la normativa.
Cesión de datos
Comunicar datos personales de los trabajadores a los representantes de éstos o a los sindicatos con presencia en la empresa legalmente constituye una cesión de datos de carácter personal. Dicha cesión sin el consentimiento de cada trabajador sólo está amparada si se realiza para que los representantes puedan ejercer sus competencias, limitadas a una labor de control al empresario en defensa de los derechos de los trabajadores.
Los datos a los que tienen derecho de acceder para ejercer su labor serán los «adecuados, pertinentes y no excesivos» para este fin. En consecuencia, esta finalidad de control no justifica que su empresa deba cederles todos los datos que le solicitan.
Pautas a tener en cuenta
- Si las funciones de vigilancia y control que justifican la demanda de información por parte del comité de empresa se refieren a un solo trabajador que previamente había planteado una queja al comité de empresa, entonces estaría justificada la cesión de los datos personales de ese trabajador.
- En el resto de los casos, y como regla general, su empresa deberá ceder la información de forma disociada o anonimizada, salvo que el convenio colectivo lo permita en algún caso particular.
- Los trabajadores no pueden oponerse sistemáticamente o por principio a la comunicación de sus datos personales por parte de su empresa a los representantes, pues que ésta estaría amparada por la propia relación laboral y por el cumplimiento de funciones legítimas.
- Si en su empresa hay delegados sindicales que no forman parte del comité de empresa, tenga en cuenta que tienen derecho a acceder a la misma información y documentación que su empresa ponga a disposición de los representantes de los trabajadores.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente