La AEPD pone en marcha el sistema de notificación telemática de la designación de los Delegados de Protección de Datos (DPD). El RGPD establece que los responsables o los encargados de tratamiento deben publicar los datos del Delegado y comunicarlos a la autoridad de control.
Cuando es obligatoria la figura de DPD
- en las empresas públicas
- cuando se traten datos sensibles a gran escala o de forma intensiva
- las empresas que pese a no estar obligadas, consideran que es necesario
- la comunicación tiene que realizarse con anterioridad a 25 de mayo del 2018
Sede electrónica
La Agencia Española de Protección de Datos ha puesto en marcha en su Sede electrónica un procedimiento para que las Administraciones Públicas y las entidades privadas obligadas a designar un Delegado de Protección de Datos (DPD) puedan comunicar este nombramiento, tal y como se establece en el nuevo Reglamento General de Protección de Datos que será aplicable el próximo el 25 de mayo.
Cómo acceder
El nuevo procedimiento para la comunicación del Delegado de Protección de Datos es un formulario online al que se accede con certificado electrónico, en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Este sistema de notificación electrónica que permite realizar la comunicación de los datos del Delegado de Protección de Datos (tanto si se trata de una persona física como de una entidad pública o privada actuando como Delegado), así como los datos de todas aquellas entidades para las que este haya sido designado. No se circunscribe únicamente a las Administraciones Públicas y las entidades privadas obligadas. Las empresas que no estén obligadas por las previsiones del Reglamento a designar un DPD y que quieran implantar esta figura en el sus organizaciones como apoyo al cumplimiento pueden utilizar este formulario con el fin de comunicarlo.
Pidan presupuesto sin compromiso de implantación de la normativa vigente